NUEVA OBLIGACION DE REGISTRO HORARIO

14/05/2019

El 12 de mayo ha entrado en vigor la normativa que obliga a cualquier empresa a llevar un registro horario de la jornada de sus trabajadores, y a conservar ese registro durante cuatro años.

Esta nueva obligación legal persigue el objetivo de aflorar las horas extras que pueden estar realizándose en muchas empresas, y que el gobierno evalúa en varios millones al año, de cara a que su coste se abone al trabajador que les realiza, pero también para que se coticen dichas horas a la Seguridad Social.

De cara a la empresa, este control puede tener el efecto de detectar faltas de puntualidad o ausencias, y permitir así las sanciones correspondientes a los trabajadores incumplidores de su horario.

En cuanto a la forma de llevar esos registros, a fecha de hoy no hay una norma que unifique criterios, por lo cual resulta válido cualquier mecanismo, desde las más avanzadas aplicaciones de móvil hasta la tradicional hoja de papel firmada, pasando por el clásico «reloj de fichar».

El incumplimiento de esta obligación, o su cumplimiento defectuoso, puede comportar sanciones que oscilan entre los 600 y los 6.000 euros.

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